Los inspectores de PROFEPA vienen a realizar la visita en la noche, se hacen acompañar de únicamente por personal de la empresa minera TERNIUM y alegan que no tienen obligación de notificar, y menos aun hacer participes, a la gente de las comunidades locales quienes además de ser los denunciantes de los hechos son los directamente afectados.... que linda es la procuración de la justicia en este país.
Por si fuera poco el documento anterior está plagado de irregularidades que van desde el hecho de que nos envían este OFICIO a manera de resumen cuando nosotros lo que en realidad solicitamos al delegado de la PROFEPA fue una copia fiel del ACTA DE INSPECCIÓN, la cual debe elaborarse directamente al momento de realizar la visita al predio, además de manifestar que la denuncia la recibieron el día 10 de octubre cuando la misma se hizo vía Internet desde el día 6 de septiembre. Luego los inspectores asientan información en el documento "...de acuerdo a los datos proporcionados durante la inspección..."; es decir que se quedan únicamente con lo que les diga la empresa porque ni siquiera se tomaron la molestia de verificar a través de mediciones objetivas en el terreno.
En el colmo del cinismo se dice en el documento que "...no se observaron efectos nocivos al río...", y uno se pregunta cómo podrían haber observado nada los inspectores si la visita la realizaron en horas de la noche y si ni siquiera tomaron las muestras elementales de agua, sedimentos, etc., que cualquier persona con mínimo criterio técnico hubiera hecho.
Finalmente, al mencionar con respecto a los árboles derribados que hasta la fecha " no se han realizado "labores de troceo o extracción" pareciera entonces que el delito no consiste en derribar los árboles, no, el delito en realidad solo se da cuando se extrae la madera de la selva. PROFEPA para el premio universal del absurdo, solo les faltó decir que todo está de maravilla.
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